Empieza la campaña de la declaración de la renta de 2022
Le comunicamos que el 6 de abril empezará la campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio. El plazo voluntario para presentarlo estará activo hasta el 30 de junio de 2023.
En la declaración de la renta correspondiente al 2022 se tendrán que declarar todos los ingresos que se han generado durante el ejercicio fiscal 2022 y aplicar todas las deducciones vigentes.
Están obligados a realizar la declaración todos aquellos contribuyentes que en el ejercicio fiscal de 2022 hayan obtenido ingresos que superen los límites que expondremos a continuación.
¿Cómo tributa la venta de una vivienda en la declaración de la Renta?
La operación de venta de una vivienda tiene que estar incluida en la declaración de la Renta, dado que está sujeta a gravamen en el IRPF por la ganancia patrimonial que se obtiene.
La ganancia se determina por la diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición. En otras palabras, la diferencia entre el precio al que se vende y el precio al que se compró.
EL VALOR DE ADQUISICIÓN está compuesto por:
+ el importe real (valor que figura en la escritura)
+ el coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos
+ los gastos y tributos inherentes a la adquisición (ITP, IVA, impuesto sobre sucesiones, comisiones)
+ amortizaciones fiscalmente deducibles
EL VALOR DE TRANSMISIÓN
+ el importe real (valor que figura en la escritura)
- los gastos y tributos inherentes a la adquisición (pago, plusvalía municipal, la comisión a una agencia inmobiliaria, ...)
-> VALOR DE TRANSMISIÓN – VALOR DE ADQUISICIÓN = GANANCIA PATRIMONIAL
Hay que tener en cuenta que solo los inmuebles transmitidos que fueron adquiridos antes del 31/12/1994 pueden aplicar a la ganancia el régimen transitorio de abatimiento.
- Tributación -
Las ganancias y pérdidas patrimoniales tributan en el IRPF como rentas del ahorro a un tipo progresivo. Tributan al tipo fijo:
del 19% hasta 6.000 €
del 21% de 6.000 € a 50.000 €
del 23% entre 50.000 € y 200.000 €.
La aprobación de los nuevos Presupuestos Generales del Estado de 2021 incluye a la ganancia patrimonial obtenida con la venta de una casa un nuevo tramo del 26% para ganancias superiores a los 200.000 €.
- Reducciones / beneficios fiscales -
Entre varios, los más importantes:
*Reinversión del impuesto obtenido en una nueva vivienda habitual:
Si se reinvierte el importe obtenido en una nueva vivienda habitual, estarán exentos de tributación sobre la parte de la ganancia que se destina a la compra de otra casa. Si se destina todo el dinero obtenido en la venta para la adquisición de una nueva vivienda, la exención será total. El plazo es de dos años desde que vende su vivienda habitual para reinvertir el dinero en otro inmueble y beneficiarse de la exención. Es necesario dejar reflejado expresamente en la declaración que se tiene intención de acogerse al beneficio fiscal y en qué medida.
*Supresión de los coeficientes:
A partir del ejercicio 2015 se han suprimido los coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles no afectos a actividades económicas.
*Contribuyentes mayores:
Los contribuyentes mayores de 65 años cuando venden su vivienda no deben pagar impuestos por la ganancia que obtengan al vender su vivienda habitual. En este caso, la ley no obliga a reinvertir el dinero en otra casa para acogerse a la exención.
Si desea más información sobre las novedades que afectan a la declaración de este año, desde I-VEO Synergy nos sería un placer asesorarle.